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Explotación del servicio público de transporte Artículo 49 ter Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Explotación del servicio público de transporte Córdoba
Artículo 49 ter.

EL Fondo Compensador del Transporte estará integrado por:

a) Un aporte, de hasta el diez por ciento (10%) de lo recaudado por todo el sistema (en bruto deducido el Impuesto al Valor Agregado -IVA-), y b) Los fondos de otro origen que disponga a tales efectos el Poder Ejecutivo Nacional o Provincial.

Los ingresos obtenidos por estos conceptos serán depositados en una cuenta especial con afectación específica que se abrirá en el Banco de Córdoba, a la orden de la Subsecretaría de Transporte o del organismo que en el futuro la sustituyere.

Provincia de Córdoba Artículo 49 ter Explotación del servicio público de transporte
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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